lunes, 25 de enero de 2010

El Presidente del CGAE alerta acerca de las manifestaciones sin fundamento sobre denuncias

El Presidente del CGAE alerta acerca de las  manifestaciones sin fundamento sobre denuncias falsas
en el ámbito de la violencia de género









18/01/2010
Carlos Carnicer
El presidente del Colegio General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, ha hecho pública una carta en la que advierte de las nocivas consecuencias que pueden tener “las manifestaciones que,sin fundamento ni dato alguno que las avalen, generalizan la existencia de denuncias falsas en elámbito de la violencia de género” y pide que, “en estos momentos de confusión, la Abogacía semanifieste más que nunca, lúcida”. A continuación, reproducimos el posicionamiento del letrado.
Dado que en estos días los medios de comunicación se están haciendo eco de manifestaciones que, sin fundamento ni dato alguno que las avalen, generalizan la existencia de denuncias falsas en el ámbito de la violencia de género, y teniendo en cuenta que las mismas pueden conllevar el retraimiento de las víctimas a la hora de denunciar las situaciones de violencia que padecen por parte de sus parejas o ex parejas, hemos entendido necesario trasladaros las siguientes consideraciones a fin de que por los servicios de asistencia jurídica a las víctimas de violencia de género se extremen las medidas para proporcionarles el apoyo que posibilite su protección y la garantía de su derecho de defensa.
Mientras en el pasado año ya han muerto 55 mujeres a manos de sus parejas o ex parejas, la gravedad de que se esté centrando la atención en una polémica estéril sobre la existencia de denuncias falsas en el ámbito de la violencia de género, radica muy especialmente en que puede provocar la regresión sobre la sensibilización social que, respecto a este gravísimo problema, se había alcanzado en nuestra sociedad. Resulta indignante que, cuando estamos muy lejos de erradicar las situaciones de violencia contra las mujeres o, al menos, de poder garantizar la seguridad de las víctimas, en lugar de aunar esfuerzos para conseguirlo, nos permitamos perder el tiempo tratando temas como el de la existencia de denuncias falsas cuando no consta dato objetivo alguno que permita afirmar que las mismas se están produciendo en este ámbito en mayor número que en otro tipo de delitos.
Fenómeno aislado y excepcional
Tanto la Fiscalía General del Estado en sus Memorias, como el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género en sus informes, vienen poniendo en evidencia que en el ámbito de la violencia de género la existencia de denuncias falsas “es un fenómeno aislado y excepcional que merece especial atención por el daño que con ellas se hace a las mujeres sometidas a malos tratos físicos o psicológicos, que se ven sometidas a una duda irracional e injusta”. La Fiscal Delegada deSala contra la violencia de Género, Soledad Cazorla, ha declarado en estos últimos días que “cadaaño se detectan (en esta materia) menos de 20 denuncias falsas entre las 100.000 que sepresentan”.
Teniendo en cuenta que denunciar falsamente es un delito, debemos reivindicar el derecho a la presunción de inocencia de las víctimas de violencia de género, no consintiendo que, como se viene haciendo, se realicen  contra ellas imputaciones delictivas, atribuyendo de forma generalizada, banal e interesada que sus actuaciones se producen por despecho, venganza o interés.
No se puede identificar, como se viene haciendo, denuncias falsas con desistimientos, archivos o absoluciones por falta de pruebas. Los datos recogidos por el Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ siguen poniendo de manifiesto que el número de casos en que la víctima desiste de la denuncia formulada sigue siendo importante, pero solo desde el desconocimiento del complejo fenómeno de la violencia de género y la situación en que se encuentran las víctimas se puede afirmar que dicho comportamiento está motivado porque la denuncia fue fruto de una conductas caprichosa o revanchista.
Análisis desenfocado
Este análisis desenfocado sólo puede sostenerse ignorando lo difícil que ha resultado a las víctimas analizar con claridad la forma de salir de la angustiosa y compleja situación cuando han sufrido agresiones físicas y/o psicológicas por parte de quien, además de ser o haber sido su pareja, es, en muchos casos, el padre de sus hijos, encontrándose inmersas en un entramado de relaciones sentimentales, familiares, sociales y económicas que las hacen especialmente vulnerables a presiones del exterior y a sus propias dudas sobre la conveniencia de mantener la denuncia.
Cabe añadir que las mismas voces que alegan la existencia de miles de denuncias falsas por violencia de género, muy frecuentemente, con igual falta de fundamento realizan manifestaciones en las que imputan a los abogados y abogadas que atienden a las víctimas la responsabilidad de dichas denuncias, considerando que les aconsejamos que las formulen aunque no sean ciertas para obtener con ello ventajas procesales y económicas para sus clientes. Es evidente que dichas imputaciones carecen asimismo de rigor y se realizan con la misma ligereza y falta de base objetiva, pero también lo es que dañan de forma grave la imagen de la abogacía en general y la necesaria confianza en su función social.
Las primeras interesadas en erradicar las denuncias falsas son las propias víctimas de violencia de género, pues la mera posibilidad de su existencia da pábulo a las interesadas y alarmistas generalizaciones que se están produciendo, provocando la desconfianza hacia las víctimas denunciantes y la regresión en la sensibilización social que se había alcanzado. He querido ponerte estas líneas porque creo que en momentos de confusión la Abogacía debe manifestarse, más que nunca, lúcida.
violencia

viernes, 22 de enero de 2010

Asunto: RV: VAN HA EMPEZAR A CIRCULAR ESTAS MONEDAS

Diversas asociaciones de comerciantes han mandado correo masivoa través de internet. Yo acabo de recibir , al igual que mucha gente, el siguiente correo:
atención !!!

Desde día 1 de Enero, en Turquía tienen una nueve moneda, la "nueva lira turca" (Yeni Turk Lirasi ), que sustituye a la lira antigua, bastante desvalorizada.
Cuando haya visto la nueva lira, notara que es bastante parecida a la moneda de 2 euros. 

Si compara estas 2 monedas, comprobará que aparentemente son iguales (una parte de cobre central rodeado por una parte de niquel), teniendo sensiblemente, también el mismo tamaño.
Una cara de la moneda tiene, como muchos euros, 1 cabeza sellada ( en este caso trata de Ataturk, como en los euros mostramos al rey de España, o al Rey de Bélgica…). 
La única diferencia es que, en lugar de 2 euros, tiene un 1 en semejanza a las monedas de 1 euro. Esta lira turca es una imitación de la moneda de 2 euros. 

Solo que vale apenas 0,4 euro 
(en Europa no tiene validez, osea, que no vale nada) 
Apenas permite dar cambio, favoreciendo asi a robos sustanciales. 


Por lo tanto, estad atentos, comprobad bien que vuestras monedas de 2 euros, no son liras turcas, porque ya comenzaron a circular.
Espero os sirva de ayuda. 








Si nos fijamos en la foto de la moneda veremos que está acuñada en el año 2005. La notica, sin ser falsa está caducada. Debido a las protestas de la UE las monedas han sido modificadas. Actualmente las liras turcas tienen otro peso y un aspecto muy diferente.

El cambio más reseñable en las monedas supone el intercambio de metales entre las  de 1 YTL y 50 Kuruş.
Las monedas que pudieran confudirse con el euro han ido desapareciendo.

lunes, 18 de enero de 2010

Las retenciónes en arrendamientos aumenta al 19 %

Con efectos desde 1 de enero de 2010 y vigencia indefinida, el artículo 101 de la Ley35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de noResidentes y sobre el Patrimonio, queda redactado de la siguiente forma:

8. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será del 19 por ciento. Este porcentaje se reducirá a la mitad cuando el inmueble esté situado en Ceuta o Melilla en los términos previstos en el artículo 68.4 de esta Ley.

jueves, 14 de enero de 2010

El Supremo admite la querella de Falange contra Garzón

El Supremo admite la querella de Falange contra Garzón por el caso de las fosas

Foto de la Noticia
Foto: Reuters + Ampliar

   MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
   El Tribunal Supremo ha acordado la admisión de la querella interpuesta el pasado 1 de septiembre por Falange Española y de las JONS contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, al que este partido acusa de prevaricar en relación con la causa que abrió por la desaparición de miles de personas tras la Guerra Civil.
  En un auto notificado este miércoles, aunque con fecha de 15 de diciembre, el alto tribunal señala que el contenido de esta querella es "en todo punto coincidente" con las previamente presentadas y admitidas a trámite contra este mismo magistrado los pasados 26 de mayo (querella del sindicato Manos Limpias ) y 15 de junio ( la asociación Libertad e Identidad), por lo que acuerda la acumulación de esta última iniciativa al procedimiento en curso, del que Falange será una más de las partes acusadoras.
  La decisión, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra, delega en el instructor del caso, el magistrado Luciano Varela, la decisión sobre la fijación de la fianza que debe imponerse a Falange para poder seguir en la causa y sobre si éste partido debe ejercer su acusación bajo una misma postulación y defensa letrada que las otras dos partes.
   La Sala, que completan los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Miguel Colmenero, ha adoptado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía, que desde el principio se ha mostrado contraria a la admisión de todas estas iniciativas contra el juez de la Audiencia Nacional, por entender que no existen indicios suficientes de la comisión del hecho delictivo atribuido a Garzón (dictar resoluciones a sabiendas de que son injustas).
   Por el momento, la causa contra Garzón por su investigación de las fosas de la Guerra Civil se encuentra pendiente de que el instructor de este procedimiento, Luciano Varela, decida, tras haber concluido la realización de diversas pruebas, si finalmente procede contra el juez o archiva la causa. En el primero de los casos, el procesamiento de Garzón obligaría al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a debatir si debe ser suspendido en sus funciones de forma cautelar.
   El pasado 9 septiembre, Garzón defendió ante el instructor de la causa su compentencia para investigar las fosas del franquismo y negó firmemente haber incurrido en prevaricación alguna. Además, el magistrado se negó a contestar a la batería de 150 preguntas que llevó preparadas el abogado de las dos acusaciones hasta entonces admitidas, Jaime Alonso, y tan sólo atendió a las cuestiones planteadas por el instructor, el fiscal Luis Navajas y su propia defensa.

jueves, 31 de diciembre de 2009

CREADA UNA COMISIÓN PARA MODERNIZAR EL LENGUAJE JURÍDICO

[ Publicado en www.la-moncloa.es ]
CREADA UNA COMISIÓN PARA MODERNIZAR EL LENGUAJE JURÍDICO

  • Ocho expertos elaborarán en doce meses un informe con las recomendaciones necesarias para que el lenguaje que emplean los profesionales del Derecho sea más comprensible para los ciudadanos


El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se crea la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico, que en el plazo de doce meses deberá elaborar y presentar al Ministro de Justicia un informe que analice la situación actual del lenguaje empleado por los profesionales del Derecho y recomiende las acciones que considere necesarias para que el lenguaje jurídico sea más comprensible para la ciudadanía.El compromiso del Gobierno con la modernización del lenguaje jurídico arranca con el Plan de Transparencia Judicial, por acuerdo del Consejo de Ministros del 21 de octubre de 2005, a fin de alcanzar el objetivo de la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Este compromiso y esfuerzo del Gobierno se multiplicó recientemente con la aprobación del Plan Estratégico para la Modernización de la Justicia, en el que se prevé la creación de esta comisión de expertos que sentará las bases para que el carácter técnico y específico del lenguaje jurídico no esté reñido con su transmisión de forma clara y accesible al ciudadano.
El informe permitirá identificar, entre otras cuestiones, los problemas lingüísticos básicos que las comunicaciones escritas, las vistas y comparecencias ocasionan a los ciudadanos y también a los profesionales del Derecho
Composición
Esta Comisión, adscrita a la Secretaría de Estado de Justicia, estará presidida por su titular, Juan Carlos Campo; el vicepresidente será Víctor García de la Concha, director de la Real Academia Española de la Lengua, y actuarán como vocales las siguientes personas: Gabriela Bravo Sanestanislao, portavoz del Consejo General del Poder Judicial; Carlos Carnicer Díez, presidente del Consejo General de la Abogacía; Salvador Gutiérrez Ordóñez, miembro de la Real Academia Española; Gabriela Cañas Pita, periodista de “El País”; Alex Grijelmo García, presidente de la Agencia Efe; Jesús María García Calderón, Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; María Peral Parrado, periodista de “El Mundo”, y Mercedes Bengoechea Bartolomé, profesora de Filosofía del Derecho en la Universidad de Alcalá de Henares.
Al presidente de la Comisión le corresponderá establecer el calendario de sesiones, el método de trabajo y las decisiones necesarias para que ésta cumpla su mandato. Con carácter ordinario, la Comisión se reunirá con una periodicidad mínima mensual y quedará disuelta una vez que haya presentado su informe al ministro de Justicia.
Asimismo, este grupo podrá ser asistido por un comité técnico, coordinado por el director del Gabinete del secretario de Estado de Justicia, y dispondrá de los medios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Los miembros de la Comisión desempeñarán sus funciones de forma gratuita.

domingo, 27 de diciembre de 2009

Un pastor consigue que el Supremo paralice un plan urbanístico en la localidad murciana de Jumilla





 
Y David venció a Goliat
Un pastor consigue que el Supremo paralice un plan urbanístico en la localidad murciana de Jumilla

PEDRO JIMÉNEZ GARCÍA / CADENA SER   25-12-2009
El Alto Tribunal sostiene que el proyecto, que incluye la construcción de un campo de golf no cuenta con el agua suficiente para ponerse en marcha. Los Magistrados añaden además que no se ha tenido en cuenta el interés privado del recurrente consistente en conservar el destino pastoril de sus terrenos.
Pascual Carrión lo intentó todo para que en Murcia atendieran su petición de paralizar el proyecto urbanístico del Ayuntamiento de Jumilla. Miles de casas y un campo de golf en unos terrenos que tenía destinados al pastoreo. No sólo puso sobre la mesa este interés privado, sino que también alegó que el proyecto no contaba con los recursos hídricos suficientes.
El Tribunal de Justicia de Murcia no le dio la razón. La Sala entendía que si se paralizaba el plan urbanístico se vería afectado el interés general. Sobre su actividad de pastoreo manifestaba que el cese se compensaba con la correspondiente indemnización y de los recursos hídricos decía que había en marcha un expediente de concesión de aguas y que se contemplaba la construcción de una planta desaladora.
Ha sido el Supremo el que ha aceptado los argumentos de Pascual y ha suspendido el proyecto. La sentencia de la que ha sido ponente el Magistrado Rafael Fernández Valverde señala que no se han tenido en cuenta las alegaciones del recurrente. De un lado su interés en la explotación pastoril de los terrenos y del otro la necesidad del agua para sacar adelante la construcción de miles de casas y un campo de golf. Añade que entre el interés general que el desarrollo urbanístico representa y el interés general derivado del cumplimiento de la normativa sectorial de aguas, es evidente que debe prevalecer esta última.


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viernes, 25 de diciembre de 2009

Nota de prensa de la PLATAFORMA PRO JUEZ FERRIN CALAMITA

PROJUSTICIA
PLATAFORMA PRO JUEZ FERRIN CALAMITA
www.juezcalamita.com
NOTA DE PRENSA.
El Tribunal Supremo estima en parte el Recurso de Casación presentado por la representación letrado del Juez de Familia de Murcia, D. Fernando Ferrín Calamita, pero le condena a 12 meses de multa y 10 años de inhabilitación.
Madrid, a 22 de diciembre de 2009.- Con fecha de 30 de octubre de 2009, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, notificada el día 22 de diciembre, por la que se estima en parte el recurso de casación planteado por la representación letrada de D. Fernando Ferrín Calamita, pero se condena al Juez de Familia de Murcia a la pena mínima de multa por 12 meses, inhabilitación profesional para el cargo de Juez o Magistrado por tiempo de 10 años, al pago de las costas de Instancia, y a una indemnización de 6.000 euros.
Es necesario recordar que el Tribunal Superior de Murcia condenó a don Fernando Ferrín Calamita a dos años, tres meses y un día por supuesto retraso maliciosa, no obstante haberse abierto el juicio por presunta prevaricación continuada en la tramitación del expediente de adopción por parte de una pareja lesbiana. Ante dicha Sentencia injusta del Tribunal Superior de Justicia, la sociedad civil celosa defensora de la independencia judicial, reaccionó constituyendo la Plataforma Pro Defensa del Juez Ferrín Calamita. En dicha constitución se resalto la necesidad de defender la independencia judicial, pues esta era realmente la cuestión de fondo del asunto Ferrín Calamita, donde un juez se planteó la posibilidad de realizar plenamente el Derecho, cuestionando la inconstitucionalidad de una norma legal que podía dejar desamparado a los
menores.
Esta Plataforma reconoce que la independencia judicial es la única garantía de las libertades democráticas, y reconoce igualmente que es necesario impedir el control que pretende realizar el poder político sobre el poder judicial.
Esta Plataforma remite a la valoración que en su día haga la representación letrada del Juez Ferrín Calamita, no obstante, le interesa destacar los siguientes extremos:
1.- Es una auténtica victoria que el Tribunal Supremo reconozca la no concurrencia de agravante por homofobia, agravante que fue injustamente apreciada en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, pues dicha circunstancia supone un verdadero freno a la ideología de género que también se trata de imponer a la Judicatura.
2. Cabe destacar que el Tribunal Supremo reprende en duros términos al Tribunal Superior de Murcia, pues considera que no se reconoció el respeto debido a todo acusado, y que el propio Tribunal Superior de Murcia hizo uso de expresiones inadecuadas.
3. Es necesario recordar, que el recurso ante el Tribunal Supremo es un recurso extraordinario, por lo que no se pueden alterar los hechos declarados probados. En este sentido, el Tribunal Supremo venía obligado a tomar en consideración los hechos declarados probados en la Sentencia del TSJ, sin poder alterarlos, aunque discrepara de los mismos. Este carácter extraordinario ha provocado necesariamente la Sentencia del Tribunal Supremo ahora conocida, que en nada palia la injusticia cometida al Juez Ferrín Calamita.
4. La condena del Juez Ferrín Calamita, arrastrada desde la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, supone un injusto amparo a los que quieren evitar la independencia judicial, y pretenden evitar que los jueces y magistrados se conviertan en verdaderos garantes de la Constitución. Dada la situación de desprotección en la que ahora queda el juez y su familia (casado, padre de siete hijos) la Plataforma Pro Juez Ferrín Calamita, vuelva a instar a la sociedad española a realizar una ayuda económica para que el Juez condenado por actuar justamente pueda mantener a su familia, en tanto en cuanto encuentre el medio idóneo para su sustentación.
Por ello, esta Plataforma comunica que cualquier ayuda económica, podrá realizarse en la
siguiente cuenta bancaria:
BBVA: 0182-7589-91-0201517203
IBAN: ES33
BIC: BBVAESMM
En el ingreso deberán indicar que es en ayuda del Juez Ferrín Calamita