TS, Sala Primera, de lo Civil, de 30 de abril de 2010
Recurso 2569/2005....
La Audiencia confunde la mayoría exigible para el establecimiento de un servicio de interés general con la necesaria unanimidad que se requiere para modificar el modo de participación en los gastos, que en el presente caso aparece fijado en los Estatutos de la Comunidad, y que atiende al coeficiente de participación. No cabe duda de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9, regla 5ª, de la Ley de Propiedad Horizontal, la primera pauta que ha de tenerse en cuenta para distribuir los gastos comunes es la referida al coeficiente o cuota de participación, y, si bien tal forma de distribución puede ser alterada (artículo 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal ), ello exige la conformidad de todos y cada uno de los propietarios, al suponer una alteración de la cuota de participación prevista en el título.
Por
ello, la sentencia recurrida se opone a la jurisprudencia de esta Sala
sentada en las sentencias citadas por la recurrente, especialmente en
las de fecha 30 de abril de 2002 y 19 de julio de 2000, pero también en
otras más recientes (SSTS 3/12/2004, en recurso nº 3126/1998 y
24/01/2008 en recurso 4878/2000 ).
QUINTO
.- Como consecuencia de lo hasta aquí razonado, al estimarse fundado el
recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 487.3 de la
Ley de Enjuiciamiento Civil , debe casarse la resolución recurrida en
lo relativo a la cuestión de interés casacional, para resolver sobre el
caso y declarar lo que corresponda según los términos que se hubiese
producido la contradicción jurisprudencial.
Procede
manifestar que para variar el modo de contribución a los gastos comunes
establecida en el título constitutivo debe existir acuerdo unánime de
los copropietarios, no siendo suficiente la mayoría de 3/5, por lo que
debe declararse la nulidad del acuerdo contenido en el punto segundo
del orden del día, adoptado en la Junta General Extraordinaria de la
"COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PASEO000 NUM000 " de Zaragoza celebrada
el 3 de junio de 2003, respecto de la distribución de los gastos a
acometer para el cambio del sistema de calefacción....
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