A raíz de ello, han aparecido
diferentes declaraciones e informaciones que han podido crear
desorientación y confusión.
Para evitar posibles problemas a
las empresas y aclarar esta situación, FACPYME quiere
informaros en relación con el pago de la cuota cameral en
2.011 lo siguente:
- Se mantiene vigente el pago de las cuotas ya devengadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley.
- En consecuencia, las Cámaras de Comercio girarán a todas las empresas, en el ejercicio 2011, los recibos correspondientes a las cuotas devengadas en el año 2009 y cuyo pago sigue siendo obligatorio y con la misma exigibilidad que en el pasado.
- En los sucesivos años, el pago será voluntario y las Cámaras girarán sus recibos de cuotas, según nos explicaron, a aquellas empresas que manifiesten de forma fehaciente, esto es, comunicándolo a la respectiva Cámara, la intención de seguir pagando dicha cuota cameral.
- Las Cámaras de Comercio seguirán prestando servicios a las empresas como el apoyo a la internacionalización, la formación o la ayuda a la creación de empresas, eso sí, cobrando estos servicios con dos tarifas, según se pertenezca (pago cuota) o en su caso no se pertenezca a estas Instituciones de derecho público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario