sábado, 22 de enero de 2011

INFORMACION A LAS EMPRESAS SOBRE EL PAGO DE CUOTAS A LAS CAMARAS DE COMERCIO

El pasado 3 de diciembre, el Gobierno de España aprobó un Real Decreto Ley, convalidado por la Cortes Generales, que modifica la regulación de las Cámaras de Comercio.
 
A raíz de ello, han aparecido diferentes declaraciones e informaciones que han podido crear desorientación y confusión.
 
Para evitar posibles problemas a las empresas y aclarar esta situación, FACPYME quiere informaros en relación con el pago de la cuota cameral en 2.011 lo siguente:
 
  • Se mantiene vigente el pago de las cuotas ya devengadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley.
  • En consecuencia, las Cámaras de Comercio girarán a todas las empresas, en el ejercicio 2011, los recibos correspondientes a las cuotas devengadas en el año 2009 y cuyo pago sigue siendo obligatorio y con la misma exigibilidad que en el pasado.
  • En los sucesivos años, el pago será voluntario y las Cámaras girarán sus recibos de cuotas, según nos explicaron, a aquellas empresas que manifiesten de forma fehaciente, esto es, comunicándolo a la respectiva Cámara, la intención de seguir pagando dicha cuota cameral.
  • Las Cámaras de Comercio seguirán prestando servicios a las empresas como el apoyo a la internacionalización, la formación o la ayuda a la creación de empresas, eso sí, cobrando estos servicios con dos tarifas, según se pertenezca (pago cuota) o en su caso no se pertenezca a estas Instituciones de derecho público. 

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