TS, Sala Primera, de lo Civil, de 13 de septiembre de 2010
Recurso 2029/2006. .
Se declara como doctrina
jurisprudencial que para la adopción de los acuerdos que se hallen
directamente asociados al acuerdo de instalación del ascensor, aunque
impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos,
se exige la misma mayoría que la Ley de Propiedad Horizontal exige para
el acuerdo principal de instalación del ascensor.
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