sábado, 5 de diciembre de 2009

LOS CENTROS EDUCATIVOS PUEDEN INSTALAR BELENES

La Sala de lo contencioso Administrativo del TSJ de Murcia afirma que la instalación del belén en un centro educativo no viola los derechos fundamentales alegados por el demandante y asegura que, de acuerdo a la Constitución, "no vivimos en un Estado laico, sino aconfesional. Por lo tanto, la neutralidad del Estado y de las Administraciones no debe llegar al extremo de limitar o restringir las libertades o derechos de los ciudadanos, ya que podría darse en ese caso una discriminación negativa".

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