LEC
Artículo 135. Presentación de
escritos, a efectos del requisito de tiempo de los actos procesales.
1. Cuando la presentación de un escrito esté sujeta a plazo, podrá
efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del
vencimiento del plazo, en el servicio común procesal creado a tal efecto
o, de no existir éste, en la sede del órgano judicial.
Es decir, FE Jons tenía de plazo hasta las 15 horas del viernes y por lo tanto no habría presentado su escrito fuera de plazo.
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