Autora del Comentario: Montse Valencia León, asesora jurídica de Amigos da Terra y miembro de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental.
Hace
unos meses, vio la luz una Sentencia del Tribunal Supremo que
confirmaba la condena en costas impuesta a dos asociaciones ecologistas
que denunciaron y sostuvieron la acusación contra quienes entendían que
podían ser causantes de la probada contaminación del Río Segura a su
paso por Orihuela y hasta su desembocadura en Guardamar. Los miembros
de estas asociaciones actuaron movidos por el interés común de procurar
para todos -incluso para quienes contaminan- un entorno habitable,
sostenible y respetuoso con el medio ambiente. Las costas ascendían a
más de 30.000 euros.
En
relación a este caso, como a otros en los que se impone el pago de
costas a asociaciones ecologistas que en muchas ocasiones tienen que
desistir de continuar el proceso ante la imposibilidad del pago de las
mismas, en Reino Unido se ha llevado a debate precisamente esta
situación, con el fin de que dicha imposición se elimine y así, poder
ejercitar el acceso a la justicia medioambiental que promueve el
Convenio de Aarhus.
Un
Juez Decano ha recomendado que los demandantes por asuntos
medioambientales no tengan que pagar las costas de la parte contraria
en recursos de apelación por asuntos medioambientales.
La
presión sobre el gobierno Británico para que tome medidas con respecto
al acceso a la justicia medioambiental, va en aumento tras la revisión
de las costas en los procedimientos civiles llevada a cabo por su
Señoría el Juez Jackson.
La
revisión fue encargada por el Master of the Rolls, el Segundo Juez
decano del país, con el fin de analizar la necesidad de realizar
cambios con respecto a las reglas aplicables a las demandas civiles. Su
Señoría, el Juez Jackson, miembro de la Corte de Apelación, revisó como
parte de su cometido las demandas de apelación.
Su
Señoría concluye que todos los demandantes en casos de apelación no
deberían, en términos generales, sufrir el riesgo de pagar las costas
de la parte contraria. El Juez Jackson considera que ésta sería la
forma más simple y obvia para cumplir las obligaciones impuestas por el
Convenio de Aarhus contraídas por el Reino Unido en 2005.
El
Convenio establece que el acceso a la justicia medioambiental no
debería ser prohibitivamente caro. Diversos grupos de activistas han
argumentado que el Reino Unido infringe el Convenio ya que actualmente,
tanto las personas individuales, como las organizaciones se ven
obligados a desistir de interponer casos debido al riesgo de tener que
pagar miles de libras en concepto de costas, si pierden.
Su
Señoría el Juez Jackson declaró en el informe que “ No beneficia al
interés público que los demandantes potenciales se vean obligados a
desistir de solicitar la revisión judicial de procedimientos debido a
los considerables riesgos financieros inherentes”.
La
ELF (Research by charity the Environmental Law Foundation), Fundación
sin ánimo de lucro para la investigación de la Legislación
Medioambiental, publicó en Enero un informe que revelaba que en el 56%
de los casos en los que era recomendable acudir a los tribunales, entre
2005 y 2009, los posibles demandantes se vieron obligados a desistir
debido al temor de las costas legales. Casi el 60% de los demandantes
ganaban menos de 15.000 libras esterlinas al año.
Phil
Michaels, responsable legal de Amigos de la Tierra, está de acuerdo con
las recomendaciones del informe, pero considera que las recomendaciones
del Juez Jackson son menos claras con respecto a si un litigante podría
conocer anticipadamente el alcance de sus posibles costas en caso de
que perdiera. Esto es a menudo crucial a la hora decidir si continuar
con un caso o no.
Las
ONGs en particular, no están seguras de si ellas podrían solicitar la
exención de costas ya que el Juez Jackson habla en su informe de
demandantes “personas físicas” y “corporaciones” . Las grandes ONGs a
menudo tienen una rama corporativa y otra sin ánimo de lucro, por lo
cual podría parecer que tienen grandes ingresos, si bien en la práctica
la mayoría de dichos ingresos son destinados a proyectos, quedando muy
poco disponible para reclamaciones judiciales.
La
“Revisión de Jackson” no es la primera que plantea un escrutinio sobre
la aplicación del Convenio de Aarhus en el RU. Un informe realizado por
el Juez de la Corte Suprema Sir Jeremy Sullivan en el 2008 concluyó que
el Gobierno contravenía el Convenio con respecto a las costas
judiciales.
El
Gobierno no está de acuerdo y argumenta que los Juzgados pueden tomar
medidas para asegurar que las costas sean proporcionadas. En concreto
los Jueces pueden aplicar una Ordenanza de protección de Costas que
permite reducir las costas del demandante en caso de que pierda. Sin
embargo, ésta raramente se aplica. La Corte de Apelaciones y el
Tribunal Supremo tan sólo aplican esta Ordenanza en ocasiones
excepcionales. De las 4 grandes ONGs, tan sólo Amigos de la Tierra ha
conseguido se le aplique esta Ordenanza de Reducción de Costas y tan
sólo en una ocasión.
Quienes
soliciten la aplicación de la Ordenanza para la Reducción de Costas
deben demostrar que se caso es “de importancia general para el
público”. Esto se interpretan en el sentido de que el caso en cuestión
debe decidir sobre un nuevo punto sobre la ley o ser de gran alcance
general o afectar a un gran número de personas.
El
Informe Sullivan hizo Constar que la Ordenanza de Reducción de Costas
no puede ser utilizada para alegar el cumplimiento del Convenio de
Aarhus a menos que sus criterios de aplicación se flexibilicen.
El
Gobierno debe decidir ahora si implementar o no las recomendaciones del
Informe Jackson. El abogado Richard Kimblin, miembro de la Directiva
del grupo de trabajo sobre litigación medioambiental de la Asociación
para la Legislación Medioambiental del Reino Unido, considera que el
Gobierno no tendrá más remedio que implementar las recomendaciones del
Informe ya que las mismas proponen las mismas reglas para las costas en
apelación que para demandas por lesiones. Richar Kimblin declaró que:
“Será difícil para el Gobierno cambiar este punto y decir: “Vamos a
parar los pies a esos letrados ganando grandes sumas de dinero llevando
reclamaciones por lesiones clínicas o negligencia, pero, cuando se
trate de demandas contra nosotros mismos (el Gobierno) mantendremos las
costas contra los demandantes que pierdan”.
El
Gobierno y los Ayuntamientos tendrán que afrontar la posibilidad de un
aumento en las demandas, si bien el Sr. Kimblin, consideró que
aumentarían en unos pocos cientos al año. Sin embargo, se enfrentarán
con el peso adicional de recobrar muy poco o nada de las costas.
La
mano del Gobierno puede verse forzada. El Comité para el Cumplimiento
del Convenio de Aarhus está estudiando en este momento una serie de
denuncias contra el Reino Unido por falta de acceso a la justicia
medioambiental. La decisión era esperada para Enero, si bien ha sido
pospuesta hasta la primavera.
La
Comisión Europea está también considerando la posibilidad de tomar
acciones legales contra el Reino Unido en respuesta a una queja
presentada por la Coalición para Acceso a la Justicia Medioambiental
(Coalition for Access to Justice on the Environment (CAJE)), la cual se
haya compuesta por WWF, Amigos de la Tierra, Greenpeace, la Sociedad
Real para la Protección de las Aves (RSPB), la Fundación sin ánimo de
lucro para la investigación de la Legislación Medioambiental (ELF) y
Capacity Global.
El
Informe Jackson también apoya el uso extendido de “antes del caso”, la
inclusión de la cobertura de hasta 100.000 Libras en el seguro del
hogar para cubrir las reclamaciones por molestias. http://www.observatoriodellitoral.es/actualidad_juridica_ambiental/?p=3489
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